Ayudas y subvenciones
Subvenciones para aerotermia en Madrid
Tramitamos sin coste las ayudas de la Comunidad de Madrid, la deducción del IRPF y las bonificaciones municipales de IBI e ICIO. Preparamos la parte técnica del expediente, presentamos la solicitud y te decimos desde el principio qué probabilidades reales tiene tu caso.
Tramitación incluidaSin comisión sobre la ayudaEstimación por escrito

Comparativa
Ayuda autonómica vs. deducción del IRPF: ¿qué conviene más?
Resumen rápido: la ayuda autonómica devuelve más dinero pero depende de que haya convocatoria y presupuesto; la deducción del IRPF es más previsible y no compite con nadie, aunque llega con la declaración del año siguiente.
| Criterio | Ayuda autonómica | Deducción IRPF |
|---|---|---|
| Tipo de beneficio | Subvención directa | Reducción de la cuota del IRPF |
| Certeza de obtenerla | Depende de convocatoria y presupuesto | Alta si se cumplen los requisitos |
| Momento del cobro | 6-18 meses tras la resolución | Con la declaración del ejercicio |
| Documentación | Expediente completo previo a la obra | Certificados energéticos y factura |
| Compatibilidad | Sí, reduciendo la base de la deducción | Sí |
| Cuándo priorizarla | Convocatoria abierta y obra planificable | Obra urgente o convocatoria cerrada |
Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes sobre las ayudas
Plazos, requisitos y errores que dejan expedientes fuera.
¿Qué subvenciones hay para aerotermia en la Comunidad de Madrid?
Hay tres vías que se pueden combinar: las ayudas autonómicas para sustitución de sistemas de calefacción por energías renovables, la deducción estatal en el IRPF por obras de mejora de la eficiencia energética y las bonificaciones municipales de IBI e ICIO.
Los importes y los plazos cambian en cada convocatoria, así que en la visita te confirmamos qué está abierto en ese momento y con qué presupuesto disponible.
¿Cuánto puedo recuperar de la inversión?
Depende de la convocatoria, del tipo de vivienda y de la mejora de calificación energética que se acredite. En los casos que hemos tramitado, la suma de ayuda autonómica y deducción de IRPF ha recuperado una parte relevante de la inversión, aunque nunca la totalidad.
No prometemos porcentajes: te damos la estimación por escrito con la convocatoria concreta que aplica a tu caso, y explicamos qué requisitos podrían dejarla fuera.
¿Cuándo se cobra la ayuda?
Después de la instalación y de la resolución del expediente. Los plazos habituales van de seis meses a más de un año según convocatoria y volumen de solicitudes.
Por eso insistimos: planifica el pago de la instalación sin contar con la subvención. Si llega antes, mejor; si tarda, no te descoloca las cuentas.
¿Qué documentación hace falta?
Presupuesto y factura desglosados, certificado de la instalación térmica, boletín eléctrico si hubo modificación, ficha técnica del equipo con sus rendimientos, justificante de pago por transferencia y, en varias convocatorias, certificados de eficiencia energética antes y después.
Nosotros preparamos la parte técnica y presentamos el expediente. Del cliente solo necesitamos DNI, datos catastrales y la documentación de titularidad.
¿Puedo pedir la ayuda si ya he instalado el equipo?
Normalmente no. Casi todas las convocatorias exigen que la solicitud sea anterior al inicio de la actuación o, como mínimo, posterior a una fecha de elegibilidad concreta.
Es el error más caro que vemos: instalar en octubre y enterarse de la ayuda en diciembre. Si estás valorando la obra, consulta antes de firmar cualquier presupuesto.
¿La deducción del IRPF es compatible con la ayuda autonómica?
En general sí, pero la base de la deducción se reduce en el importe de la subvención recibida: no se puede deducir sobre dinero que te han devuelto.
La deducción exige acreditar la mejora de eficiencia con certificados energéticos y pago por medios bancarios. Nunca en efectivo.
¿Cobráis por tramitar la subvención?
No. La preparación y presentación del expediente está incluida en el precio de la instalación. No cobramos comisión sobre el importe concedido.
Sí te diremos con claridad si tu caso tiene pocas probabilidades: hay situaciones (segundas residencias, viviendas sin certificado previo, obras ya iniciadas) donde no compensa el papeleo.
Ayudas
Te decimos qué ayuda encaja con tu caso
Cuéntanos qué sistema tienes ahora, en qué municipio está la vivienda y si es primera residencia. Con eso ya sabemos por dónde empezar y qué convocatorias están abiertas.
- Teléfono623 544 698
- Correoinfo@madrid-aerotermia.es
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